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Gratificación legal explicada: quién la recibe y cómo se calcula

Cómo funciona la gratificación legal en Chile: el 25 % de las remuneraciones, el tope de 4,75 ingresos mínimos y las dos formas de pago.

Remuneraciones y trabajo · 1 min de lectura · Actualizado el 6 de noviembre de 2026

La gratificación legal es una parte de la remuneración que ciertas empresas deben pagar a sus trabajadores como participación en las utilidades o, de forma alternativa, mediante un monto garantizado.

Quién debe pagarla

Están obligados los establecimientos mineros, industriales, comerciales o agrícolas, las empresas y las cooperativas, así como cualquier otro establecimiento que persiga fines de lucro, y las instituciones financieras, siempre que lleven libros de contabilidad y obtengan utilidades líquidas, o bien opten por la forma del artículo 50.

Las dos formas de pago

  1. Artículo 47: el empleador reparte el 30 % de las utilidades líquidas entre los trabajadores, en proporción a sus remuneraciones, con un tope individual de 4,75 ingresos mínimos mensuales.
  2. Artículo 50: el empleador paga el 25 % de lo devengado en el año por remuneraciones mensuales, con un tope de 4,75 ingresos mínimos mensuales al año. Se puede pagar mensualmente, a razón de un doceavo del tope.

Ejemplo con el artículo 50

Con un ingreso mínimo de $539.000, el tope anual es 4,75 × $539.000 = $2.560.250, es decir, unos $213.354 al mes. Quien gana $900.000 tendría un 25 % de $225.000, que supera el tope: recibe $213.354.

Cómo se paga

Se incluye en la liquidación mensual o se paga anualmente, según el contrato. Es una remuneración imponible y tributable.

Consideraciones

Las reglas pueden variar según el contrato y los acuerdos de la empresa. Revisa tu contrato y consulta con tu empleador. Calcula con la calculadora de gratificación. Para entender qué se descuenta, mira descuentos del sueldo.

La información de este sitio es general y educativa. No constituye asesoría financiera, tributaria, legal ni contable. Las cifras, tasas y normas cambian con el tiempo: verifica siempre en las fuentes oficiales (SII, Dirección del Trabajo, Banco Central, CMF) antes de tomar decisiones.

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